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Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos

A continuación se presenta el detalle de las facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos realizadas por este Organismo (Dirección General del CrUdito Prendario).

Unidad u órgano interno Facultades, funciones o atribuciones Fuente legal Enlace a la publicación o archivo correspondiente Fecha última modificación
(dd/mm/aaaa)
Director General Dirigir, planificar, orientar, supervigilar y evaluar todas las actividades de la Dirección. Representar judicial y extrajudicialmente al Servicio, en todas las materias que sean necesarias, pudiendo delegar la facultad en el fiscal para casos determinados ; fijar mediante resolución, el monto de loa préstamos que otorga la Dirección y sus tasas de intereses, comisiones, derechos, plazos y demás condiciones o modalidades determinar los efectos que puedan admitirse en garantía prendaria, y establecer la comisión de martillo y los demás derechos que correspondan a la Dirección por los remates que realice. Ejecutar los actos y celebrar los contratos necesarios para el cumplimiento de los fines de la Institución, con aplicación de los recursos presupuestarios de que disponga o que le sean asignados por ley. Proponer al Ministro del Trabajo y Previsión Social los planes, programas y el presupuesto anual del Servicio. Artículos 2, 4 y 10 DFL. N° 16, de 1986 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo ver enlace No hay
Subdirección General Apoyar y asesorar al Director General en todas las materias que requiera, desarrollar las labores y tareas que le sean encomendadas por el Director General, representar al Director General en las instancias y organismos que éste determine, tanto a nivel nacional o internacional, proponer al director General las accciones necesarias para difundir y promover la labor de la Dirección General del Crédito Prendario a nivel nacional e internacional: En el area de comunicación y relaciones públicas, revisar, controlar y coordinar la estrategia y política comunicacional del Servicio; en el area de convenios municipales; gestionar y promocionar a dicrep con Municiopalidades; en el área de género, no discriminación y participación ciudadana monitorear la correcta aplicación de la Ley 20.500;Y en el área de transparencia cumplir con las obligaciones de la Ley 20.285 Resolución Exenta N° 131 de 05 de abril del 2018 ver enlace No hay
Departamento Jurídico Órgano Asesor de la Dirección, encargado de velar por la legalidad de los actos de esta última. Igualmente, deberá asesorar al Director General en el estudio y aplicación de la legislación relativa a las funciones del Servicio. Estará a cargo de un Fiscal, con el título de abogado, quien será funcionario de exclusiva confianza del Presidente de la República (segundo nivel jerárquico del Sistema de Alta Dirección Pública). El Fiscal subrogará al Director General. Artículo 11 DFL. N° 16, de 1986 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo ver enlace No hay
Departamento de Auditoría Organo asesor encargado del proceso permanente de evaluación contable, financiera y administrativa del Servicio. Le corresponderá proponer al Director General las medidas que estime conveniente para el optimo uso de las recursos humanos, físicos y financieros de la Institución. Concurrir en representación de DICREP, a las reuniones de trabajo de los Auditores con el Auditor Ministerial de la cartera. Artículo 12 DFL. N° 16, de 1986 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo. Resolución N° 534 ver enlace No hay
Departamento de Crédito Será la unidad ejecutiva del Servicio para la actividad del Crédito Prendario y de remates. De él dependerán las diferentes Unidades de Crédito, las que llevarón a cabo las operaciones de crédito prendario, los remates y las demás actividades que se relacionan con las anteriores. Artículo 13 DFL. N° 16, de 1986 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo ver enlace No hay
Departamento Administrativo Le corresponde desempeíar las actividades relativas al control, derechos y obligaciones del personal de la Institución y el manejo y mantención de sus bienes en general. El Jefe del Departamento Administrativo será además, Ministro de fe del Servicio. Artículo 14 DFL. N° 16, de 1986 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo ver enlace No hay
Departamento de Tasaciones Tiene por objeto la valoración de los siguientes bienes muebles: a) Los que se reciban en garantía de préstamos b) Los que vayan a ser subastados por la Dirección, y c) Aquellos cuya valoración sea solicitada por el público. El Jefe de este Departamento tendrá a su cargo la supervigilancia y el perfeccionamiento del personal que desempeñe labores de tasación. Artículo 15 DFL. N° 16, de 1986 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo ver enlace No hay
Departamento de Contabilidad Encargado de administrar los recursos financieros del servicio y de la confección y cumplimiento de los instrumentos contables que la Institución requiera. Artículo 16 DFL. N° 16, de 1986 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo ver enlace No hay
Unidades de Crédito Las Unidades de Crédito llevarán a cabo las operaciones de crédito prendario que realice la Dirección, los remates y las demás actividades que se relacionan con las anteriores. Artículo 17 DFL. N° 16, de 1986 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo ver enlace No hay
Oficina de Seguridad Asesorar sobre materias relacionadas con la optimización de seguridad al interior de las Unidades de Crédito y Dirección General Dentro de sus competencias específicas, velará por el adecuado funcionamiento del sistema de seguridad en general y supervigilará la actuación del personal de vigilantes privados y guardias de seguridad, ejerciendo la debida tuición técnica requerida. Proveerá la reglamentación, los estudios, manuales y la capacitación técnica y reglamentaria necesaria para el adecuado cumplimiento de los objetivos y procedimientos relacionados con el sistema de seguridad, en coordinación con los demás departamentos del Servicio. Resolución Exenta N° 5200 de 10-02-2004 ver enlace
Oficina de Planificación y Control de Gestión Entregar las herramientas necesarias e idáneas para guiar la gestión de la Institución hacia el cumplimiento de sus objetivos, a través de la organización, control, dirección y coordinación de la gestión Institucional. Asesorar a la Dirección en la toma de decisiones a través de la entrega de información relevante, oportuna y fidedigna. Coordinación, apoyo y monitoreo del proceso de presentación del programa de mejoramiento de la gestión del Servicio y evaluación del grado de cumplimiento de cada uno de los sistemas que lo componen. Resolución Exenta N° 597 de 31-12-2007 ver enlace No hay
Subdepartamento de Informática Dirigir, planificar, coordinar, supervisar, controlar y retroalimentar las diversas actividades atingentes al cargo. Velar por la optimización de los recursos asignados Resolución Exenta N° 222 de 17-05-2011 ver enlace No hay

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